EL PAGO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA NO SE SUSPENDE DURANTE LA CONTINGENCIA POR COVID-19

EL PAGO DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA NO SE SUSPENDE DURANTE LA CONTINGENCIA POR COVID-19

En los juzgados familiares solo hay guardias para tratar temas de pensión alimenticia y violencia familiar.

El pago de pensión alimenticia no está en cuarentena ni se suspende por la contingencia, acércate a @lexpromx, tu despacho de confianza, donde tus abogados lucharán por salvaguardar tus derechos.

La emergencia sanitaria derivada del Covid-19 provocó que el Tribunal Superior de Justicia emitiera un Acuerdo determinando que ciertos juzgados en materia familiar realicen guardias para atender los temas de pensión alimenticia y violencia familiar; asimismo, se suspenden los plazos procesales de los asuntos que ya se encontraban en trámite, así como las solicitudes de divorcio y cuestiones familiares en general tendrán que esperar hasta que se levante la contingencia, informó el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.

Las demandas o solicitudes que los juzgados de guardia deberán observar, son las relativas a la pensión alimenticia, guarda y custodia provisional del menor o menores, separación provisional de los cónyuges, separación cautelar de personas, régimen de visitas y convivencias en casos urgentes en pro del interés superior del menor en aras de evitar un peligro derivado de la violencia familiar.

Con ello, se pretende proteger la integridad física y psicológica de los menores. Estas medidas están siendo adoptadas desde el inicio de la contingencia, incluso ya en la presente Etapa 3. Las demandas y solicitudes deberán presentarse ante os juzgados familiares que se encuentran en turno dentro del horario comprendido entre las 9:00 y las 15:00 hrs, solo por el tiempo que dure la contingencia.

El juzgado en turno inmediatamente proveerá lo correspondiente a las medidas urgentes, cautelares o provisionales necesarias, reservando el acuerdo respectivo sobre la admisión o no de la demanda. Cuando la contingencia concluya, las demandas y solicitudes serán remitidas a la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección de Salas del H. Tribunal Superior de Justicia, para la asignación del número de expediente, para seguir conociendo del asunto.

Asimismo, la Dirección de Consignaciones Civiles continuará prestando servicios únicamente para la entrega y recepción de billetes de depósito en materia de pensión alimenticia.

Por otro lado, en el “Plan de Contingencia para Poder Judicial de la Ciudad de México”, se autorizó ampliar la suspensión de labores y plazos procesales del 18 de marzo al 5 de mayo de 2020.

Entre los puntos relevantes se encuentra:

  • Se modifica, del 20 de abril al cinco de mayo de 2020, el calendario de turno extraordinario únicamente para los juzgados de primera instancia en materia penal en la Ciudad de México (sistema tradicional) para el cumplimiento de detenciones por caso urgente o cateos y para la atención a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
  • Se autoriza la modificación al calendario de Rol de Turno de las Unidades de Gestión Judicial correspondiente a los fines de semana y días festivos, de las Unidades de Gestión Judicial del Sistema Procesal Penal Acusatorio, así como el calendario de “Turno Extraordinario de Violencia de Género”.
  • Los órganos Jurisdiccionales en materia Familiar de proceso escrito, se sujetarán, en el periodo de ampliación de suspensión de actividades, a guardias en términos de lo previsto en los acuerdos plenarios.

Existe un riesgo fundado en nuestro país en que se eleven los asuntos en materia de divorcios y pensiones alimenticias una vez terminada la contingencia del Covid-19, por ello te sugerimos te acerques a nosotros para resolver tus dudas o preguntas con relación a la pensión alimenticia, nuestros especialistas en la materia te brindarán la asesoría que tú necesitas, recuerda que el derecho a una pensión alimenticia es tuya y de tus menores hijos, y la obligación de darla es del deudor alimenticio.

CONCLUSIÓN.

La pensión alimenticia es un derecho y no es renunciable, aun con la suspensión de actividades  correspondientes a la emergencia sanitaria, existen guardias en juzgados para garantizar su cumplimiento, por eso te recomendamos ponerte en contacto a la mayor brevedad posible con nuestros especialistas, te recordamos que en LEX PRO HUMANITAS contamos con profesionales, puedes solicitar tu asesoría personalizada via remota que durante esta temporada de emergencia sanitaria tiene un 70% de descuento, pagarás solo $300 pesos que puedes pagar por deposito, transferencia bancaria o pay pal a meses sin intereses.

Nuestro lema.

Inspirados por el amor a México, durante toda nuestra trayectoria profesional, gran parte de nuestro equipo ha colaborado de manera relevante en el apoyo a diferentes causas sociales, algunos formamos parte de la estructura directiva de una o más asociaciones civiles y hemos participado en múltiples reformas a las leyes del país, en especial al Código Penal Federal, a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a diversos ordenamientos jurídicos locales, por lo anterior es que el lema que nos caracteriza es:

“REPRESENTACIÓN JURÍDICA CON VISIÓN SOCIAL”

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