Sin duda esto es muy importante para todos los trabajadores que cotizan al IMSS y que continúan laborando en medio de la contingencia sanitaria.
Mediante la circular No. 09 90 01300000/2020, el IMSS define el procedimiento que deberán seguir en medicina del trabajo para determinar la infección del coronavirus como “enfermedad del trabajo”, una vez declarada así, se deberá cubrir el pago de incapacidad a 100% a partir del día uno de la incapacidad, tomando en cuenta el salario base de cotización. Es importante recordar que cuando se trata sólo de enfermedad ajena al trabajo se paga 60% del salario.
La circular toma en cuenta las actividades que establecieron las autoridades de la Secretaría de Salud como son las correspondientes a médicos, enfermeras, de los servicios auxiliares de diagnóstico (laboratorio y gabinete), asistentes médicos, de trabajo social, terapia respiratoria y dietología, servicio de intendencia, auxiliares del servicio de patología y cualquier otro puesto de trabajo que tenga contacto con pacientes en los servicios de consulta externa, urgencias, admisión continua y terapia intensiva.
También considera puestos en los que el trabajador está expuesto a la infección del coronavirus en el ejercicio o con motivo de su trabajo, es decir, que “cuenten con mayor riesgo de contagio que el de la población general, sobre todo si se desempeñan en actividad laboral esencial”, como es el caso del personal de supermercados, farmacias, limpieza y demás actividades consideradas como esenciales.
En este aspecto es muy importante para los que son “patrones” recordar que el grado de riesgo mediante el que se define la cuota que se debe cubrir por cada trabajador se puede incrementar considerablemente en caso de registrarse casos de enfermedad o peor aún de defunción ocasionada por el COVID-19.
Los niveles de riesgo se clasificaron por el IMSS en cuatro niveles de acuerdo a la exposición durante la pandemia, los cuales son muy alto, alto, medio o bajo por el IMSS.
¿Cómo solicitar incapacidad laboral sin salir de casa?
Ingresen al siguiente link http://www.imss.gob.mx/covid-19 en el que pueden llevar a cabo ese y otros trámites ante el IMSS disminuyendo el riesgo de contagio al evitar traslados, así mismo podrán consultar información importante respecto de del COVID -19.
NUESTRO LEMA.
Inspirados por el amor a México, durante toda nuestra trayectoria profesional, gran parte de nuestro equipo ha colaborado de manera relevante en el apoyo a diferentes causas sociales, algunos formamos parte de la estructura directiva de una o más asociaciones civiles y hemos participado en múltiples reformas a las leyes del país, en especial al Código Penal Federal, a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y a diversos ordenamientos jurídicos locales, por lo anterior es que el lema que nos caracteriza es:
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