Mi esposo o esposa se fue de la casa, ¿me conviene levantar un acta por abandono de hogar? ¿sirve de algo? Te lo explicamos de manera simple por que es un tema muy importante y es una duda recurrente de las personas que acuden a Lex Pro Humanitas.
Iniciamos, claro que si sirve levantar el acta cuanto antes, ¿Por qué? De inicio por lo que establece el artículo 323 del código civil del D.F.:
“En casos de separación o de abandono de los cónyuges, el que no haya dado lugar a ese hecho podrá solicitar al juez de lo familiar que obligue al otro a seguir contribuyendo con los gastos del hogar durante la separación, en la proporción en que lo venía haciendo hasta antes de ésta; así como también, satisfaga los adeudos contraídos”
Es decir, si tu cónyuge se va de la casa y es el que paga la renta, la luz, la comida etc, es decir es el proveedor, pues no es válido que simplemente te deje toda la responsabilidad a ti, quizá tu tambien trabajes y pagues parte de los gastos pero aun así no se vale, así no es como se deben hacer las cosas, porque son obligaciones de ambos, con el pretexto de ya me enoje y me voy las responsabilidades no desaparecen, entre ellas la pensión alimenticia de los hijos, el artículo 323 te permite exigir que pague sus deudas, para acreditar la fecha en que abandono el hogar, debes acudir a levantar el acta o constancia de hechos, ya posteriormente, lo más pronto que puedas desde luego, presentas la demanda de divorcio o de pensión alimenticia y guarda y custodia ente el juzgado familiar y desde luego integras esa acta e incluso el monto de las obligaciones, si se puede con los comprobantes (contrato de arrendamiento por ejemplo), es decir lo que acredita la deuda para que se haga responsable.
Si tienes dudas sobre la demanda de divorcio, la guarda y custodia y la demanda de alimentos no dudes en consultar nuestro blog en esta página o nuestros videos en las redes sociales, seguramente aclararemos muchas de tus dudas.
Muy importante, este tipo se situaciones en las que se van de la casa suelen venir acompañadas de actos violentos, si es así, con mayor razón acude al Ministerio Público, levanta la denuncia por la violencia y deja constancia que se fue de la casa, te puede tomar quizá 4 horas pero cree que nos lo vas a agradecer después, un tip de oro, en el estado de México existe el trámite de Constancia de hechos de abandono de domicilio que se realiza en las alcaldías municipales y cuesta como 300 pesos, en las fiscalías es gratuito.
Y recuerda que, si requieres atención jurídica profesional en materia familiar y estas en la Ciudad de México, Lex Pro Humanitas es tu solución.
Leave a Reply