SAT anuncia prórroga a la obligación del complemento carta porte.

SAT anuncia prórroga a la obligación del complemento carta porte.

Esta información es de sume relevancia para todos nuestros clientes y seguidores transportistas, dueños de mercancías e intermediarios de los servicios logísticos.

TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021

Finalmente se ha publicado en la página del SAT TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021, la cual establece una prórroga a la obligación del complemento carta porte establecido en la regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal al 1 de diciembre de 2021, y adicionalmente permite durante ese mes el poder emitir el CFDI con complemento carta porte sin cumplir totalmente los requisitos del estándar e instructivo. (Período de prueba), lo anterior modifica la primera resolución publicada el pasado 3 de mayo.

“Primero. Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021.

Se entiende que cumplen con lo dispuesto en el párrafo anterior, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI al que se incorpore el complemento Carta Porte antes del 1 de enero de 2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.

Es importante recordar que de forma inicial, las empresas pidieron una prorroga de seis meses para la expedición obligada del complemento Carta Porte, sin embargo, la autoridad otorgó dos meses, los cuales deberán ser utilizados para revisar aspectos jurídicos, normativos y de seguridad que involucran a los transportistas, dueños de mercancías e intermediarios de los servicios logísticos.

Aunado a lo anterior, deberán buscar los mecanismos para administrar e intercambiar la información necesaria para llenar los más de 180 espacios que conforman el complemento Carta Porte, de los cuales un 80% proviene de los usuarios del servicio de transporte de bienes y mercancías.

¿Qué es la carta porte?

La carta de porte es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte. Informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada.

Les recordamos para aquellos que aún no son clientes de Lex Pro Humanitas, que nuestros especialistas en Servicios Jurídicos Especializados en Comercio Internacional se encuentran a su disposición para atender todas sus operaciones de importación cumpliendo con toda la normatividad y a los costos más competitivos del mercado.

 

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