Cuando una pareja engendra un hijo o hija, la obligación de cubrir todas sus necesidades es de ambos padres, no nos referimos solamente a los aspectos económicos que sin duda son muy importantes, si no también a los aspectos afectivos y educativos.
Sin embargo, cuando ocurre una separación es común que alguna de las partes se desentienda de las obligaciones que tiene para con sus descendientes, dejándole toda la responsabilidad, en la mayoría de los casos a la madre del cuidado, atención y gastos.
¿Qué sucede si la madre también trabaja?
En esta época es mucho más complicado debido a la epidemia causada por el COVID-19, ya que no hay escuelas, no hay guarderías, muchas madres no pueden encargar a sus hijos con sus abuelos por el riesgo de contagio, sin embargo tienen que salir a laborar por que el desempleo se ha incrementado exponencialmente, no es momento de quedar mal en el trabajo, incluso aquellas que tienen la posibilidad de trabajar a distancia desde sus casas ven multiplicadas sus labores, pues deben preparar alimentos, revisar las tareas de sus hijos (cuyas clases son también a distancia), en caso de que sus hijos se enfermen deben velar por sus cuidados, comprar medicamentos, pagar la consulta del doctor y por si fuera poco, pagar los gastos de todo lo demás ¿y en donde quedo la responsabilidad del padre?
¿De quién es la culpa?
Es un tema que en Lex Pro abordamos a menudo con nuestras representadas (clientes), desde luego hay que diferenciar entre responsabilidad y culpa, la responsabilidad como ya dijimos es de ambos padres, pero si una de las partes no cumple y la otra puede exigirle legalmente y no lo hace también es su culpa, lamentablemente hemos encontrado un gran porcentaje de personas que acuden a nosotros en las que es la mujer quien siente culpa de molestar al marido, culpa de no poder hacer frente solas con el compromiso, soportando la sosobra y la frustación de verse rebasadas con todos los gastos, la culpa la debería de sentir el que no cumple y no hace nada por hacerlo, los derechos no se renuncian, se exigen y aquí nos referimos al derecho supremo de los hijos de tener los medios para una calidad de vida propicia para su desarrollo humano, para exigir que esos derechos y obligaciones se cumplan de la manera más eficiente esta Lex Pro Humanitas.
No es justo que muchas mujeres enfrenten la responsabilidad solas, pero tampoco es legal, no hablamos de un dinero que se use para fiestas o lujos innecesarios, es un recurso indispensable para que el menor coma, vista, estudie, se desarrolle; no importa si nunca hubo matrimonio por el civil, si en el acta de nacimiento de un menor están ambos padres, ambos tienen la responsabilidad, si el padre oculta sus ingresos o no tiene empleo aún así se puede fijar una pensión alimenticia, si es de las personas que si tiene ingresos pero se niega a aportar lo que le corresponde se le puede obligar a dar pensión alimenticia, si ya se volvió a casar o tuvo otros hijos sigue teniendo la misma responsabilidad, si no se hizo responsable durante mucho tiempo, años incluso, se le puede exigir que pague desde que dejo de hacerlo, si nunca lo hizo se le exige que cumpla con lo que debe, incluso, si no reconoció nunca al menor como su hijo o hija llevamos a cabo lo que se conoce como “demanda de reconocimiento de paternidad” para después exigirle legalmente que cumpla con sus obligaciones.
¿Por qué muchas mujeres no hacen nada?
Existen muchos factores culturales, psicológicos, económicos, etc, hemos atendido mujeres que no sentían la seguridad de actuar por que se sentían intimidadas, otras que querían sacar de su vida a su expareja y por eso no les pedían nada, otras que habían sido mal asesoradas por “abogados” inexpertos que las malinformaron o que simplemente les pidieron dinero y no hicieron nada complicando aún más su situación económica y por supuesto, en su mayoría están las que no hacían nada porque creían que es muy caro, difícil y con pocas posibilidades de ganar, todas ellas hoy se arrepienten de no haber acudido antes a nosotros y son las principales promotoras de nuestro despacho, pues no solo han recuperado con creces el dinero que invirtieron en los servicios jurídicos y costas, si no lo más importante, han obtenido justicia y esa es la finalidad de todo lo anterior, no es cuestión de molestar, agredir y complicarle la vida a la expareja, es cuestión de justicia y de que cada quien cumpla con la parte de responsabilidad que le corresponde, la pensión alimenticia no es un favor, no es una ayuda ni mucho menos una limosna o dádiva, es una obligación, está en la ley y en Lex Pro Humanitas, nos encargamos de hacerla valer para nuestras representadas.
Si tienen dudas respecto del tema, las invitamos a visitar nuestra pagina y consultar nuestras publicaciones, o si lo prefieren lo pueden hacer dando click en este enlace http://www.lexpro.mx/category/pension-alimenticia/
Recuerden que estamos a su disposición para acompañarlas en cada una de las etapas, si aún no toman la decisión y quieren hablar conmigo mediante una asesoría personalizada pueden contactarnos en cualquiera de nuestras redes sociales, vía telefónica al 5669.2088 o por correo electrónico a contacto@lexpro.mx, la asesoría personalizada tiene un costo de $800 pesos y consta de una hora de atención de uno o más abogados, esos $800 se te descuentan de los servicios en caso de contratarnos.
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